La nueva ley hipotecaria que entrará pronto en vigor.
Después de un largo tiempo, dos
años y nueve meses, además de dos cambios de Gobierno mediante y a la sombra de
una multa por parte de la comisión europea, el Congreso ha dado finalmente el
espaldarazo necesario a la nueva ley hipotecaria.
Esta nueva ley vela por la
transparencia de los créditos, rebaja las comisiones por amortización
anticipada y obliga al banco a aceptar pólizas alternativas a las suyas.
Los españoles que estén pensando
en comprar una casa de aquí en adelante firmarán su hipoteca con más garantías
gracias a la nueva ley hipotecaria que se avecina. La reforma de la ley fue
aprobada el pasado veinte de diciembre en el Congreso, y tras pasar por el
senado, ahora espera su aprobación definitiva. En pocos meses entrará en vigor
la nueva normativa con siete principales cambios.
Repasamos y explicamos las
novedades más beneficiosas para bancos e hipotecados, como son la eliminación
del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados para las primeras viviendas o la
de eliminación de las cláusulas suelo por ley, entre otras:
1.
Tiempo
para estudiar el contrato antes de firmar el crédito.
·
La ley da diez días para poder consultar todos
los detalles. Para ello, debemos ir al notario, que dará fe de que el titular
conoce el producto que está contratando. La opción de recibir asesoramiento
gratuito por parte del notario es desconocida por muchos usuarios, pero ya
existía. Ahora, pasa a ser obligatoria y
el cliente deberá firmar un acta en la que declare que se le ha explicado el
contenido de toda la documentación.
2.
El
cliente solo pagará el gasto de tasación.
·
Por primera vez el banco será quien se haga
cargo de todos los gastos de la constitución de la hipoteca. El comprador de la
vivienda solo abonará la tasación. ¡Importante! No pueden obligarle a que la
tasación la realice un profesional que la entidad decida, sino que puede elegir al tasador que estime oportuno. El ahorro al
firmar un crédito hipotecario será notable, pues el banco pagará los gastos de
gestoría, notaría y registro. Respecto al famoso impuesto sobre actos jurídicos
documentados (AJD), el Senado ha introducido un cambio: se elimina este impuesto en las primeras viviendas.
3.
El
banco puede vender productos vinculados, pero no imponerlos.
·
Si al firmar la hipoteca queremos contratar el
seguro que propone la entidad, ¡perfecto! Pero si no lo deseamos, no nos puede
imponer sus productos vinculados. Y, por supuesto, si escogemos uno alternativo, no pueden empeorarte, en ningún caso,
las condiciones del préstamo que vas a firmar. Sí se contempla en la ley que la
entidad pueda hacer bonificaciones por los productos que se contraten con ella.
4.
¿Comisiones?
Sí, pero controladas.
·
Las comisiones están entre los culpables de que
se encarezca un préstamo para la compra de una vivienda. Y con esta reforma no
se eliminan, pero se controlan. Por ejemplo, en el caso de la de apertura, la
ley señala que "devengará una sola vez y englobará la totalidad de los
gastos de estudio, tramitación o concesión del préstamo u otros similares
inherentes a la actividad de la prestamista ocasionada por la concesión del
préstamo". Asimismo, las comisiones por amortización anticipada bajan,
aunque tras su paso por el Senado no tanto como se esperaba. Si la hipoteca es
a tipo variable, las comisiones serán del 0,25 % durante los tres primeros años
o del 0,15 % durante los cinco primeros años. Si es a tipo fijo, la comisión
será -tras su paso por el Senado- del 4% durante los primeros 10 años y del 3%,
durante el resto del plazo.
5.
Cláusula
suelo: adiós para siempre.
·
La nueva ley trae el adiós definitivo a la cláusula suelo, que en la práctica ya no
se aplica tras ser declarada como abusiva. Aun así, la ley ha querido incidir
en ello y el texto legal señala que en las operaciones con tipo de interés
variable no se podrá fijar un límite a la baja del tipo de interés.
6.
Protegidos
frente a desahucios.
·
Los desahucios han sido uno de los problemas más
graves vividos durante la crisis. Ahora,
la ley será más protectora con el usuario que pase por un mal momento. Así,
con la reforma, la entidad nunca podrá iniciar un proceso de ejecución
hipotecaria hasta que el cliente deje de pagar 12 cuotas (o el equivalente al 3
% del principal del préstamo) durante los primeros años de vida de la hipoteca.
Si los impagos se dan durante la segunda mitad, los meses sin abonar cuota
deben ser 15 (o el 7 % del principal).
7.
¿Hipoteca
verde? Más beneficios
·
La nueva ley trae una novedad importante, que
pretende potenciar la mejora de la eficiencia energética de las viviendas. Así,
los préstamos que se destinen a comprar o reformar una casa para hacerla más
"verde" tendrán condiciones más favorables. En estas hipotecas,
además, no se tendrá que abonar el impuesto de actos jurídicos documentados.
Comentarios
Publicar un comentario